Dictamen de la AFIP pretendería tributar criptoactivos como bienes personales

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Foto de Arthur Mazi en Unsplash


La Agencia Federal de Ingresos Públicos de Argentina reinterpretó la legislación vigente y ahora ha solicitado a los tenedores de criptomonedas tributarlas como bienes personales. 

 

El dictamen 2/2022 considera a las criptomonedas como activos financieros o títulos valores impropios. Además, menciona de forma genérica a los activos, englobando a las criptomonedas, las blockchain, los NFTs, los activos digitales y los tokens, entre otros. Si bien este veredicto sería una interpretación del fisco y no una modificación de la ley, el razonamiento resulta confuso al no tener claridad sobre el manejo de estos bienes. Los criptoactivos no representan un capital social o equivalente, e incluso pueden realizarse transacciones sobre bienes inmateriales, como son los NFTs, artículos coleccionables tokenizados.

 

Entonces, ¿será necesario pagar tributos por bienes que la ley no considera? Según los expertos, cada contribuyente deberá tomar la decisión si decide tributar o no sus criptoactivos, o en todo caso, discutir con la AFIP si deciden presentarlos como exentos. La discusión recién se está iniciando y ya tiene a los profesionales polarizados al respecto. De todos modos, este debate puede servir como un buen punto inicial para lograr una legislación más eficiente de este tipo de activos. 

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